ÀREA MARINA PROTEGIDA
SA DRAGONERA
ÀREA MARINA PROTEGIDA
SA DRAGONERA
SA DRAGONERA
La isla de Sa Dragonera es la continuación de la Serra de Tramuntana. El extremo sur de esta se hunde en el mar Balear para volver a emerger en el Cap Llebeig, en Dragonera. Ambas porciones de tierra están divididas por el Freu, un canal muy estrecho y poco profundo. Debido a su localización, al régimen de corrientes marinas y a sus característicos vientos, es un espacio con mucha diversidad de hábitats y especies, tanto terrestres como marinas. Este hecho hace de esta isla uno de los puntos de mayor relevancia ambiental de las Baleares.
Gracias al movimiento ecologista iniciado en los años 70, a la ocupación y las movilizaciones persistentes de la ciudadanía, la isla no fue urbanizada y finalmente se declaró Parque Natural en 1995.
La isla se dibuja sobre el horizonte occidental y su silueta recuerda a un dragón dormido: este es, ineludiblemente, su elemento identitario. Paradójicamente, se ha documentado que el origen del nombre ‘Sa Dragonera’, no se debe al símil con la figura legendaria, sino que proviene del latín ‘traconaria’, que se refiere el uso de las cuevas para el aprovisionamiento de agua dulce en las antiguas rutas de navegación.
¿CÓMO LLEGAR?
Ferry
Desde Sant Elm el crucero Margarita cubre el trayecto durante los meses de verano.
Desde Puerto de Andratx durante todo el año "Visit Sa Dragonera" - Carlo Mar Nautic
Kayak / Paddle Board
Horario del Parque
· Del 1 de mayo al 30 de octubre: de lunes a viernes, de 10.00 a 16.30 h. Fines de semana y festivos, de 10.00 a 18.00 h
· Del 1 de noviembre al 30 de abril: de 10.00 a 14.30 h
Actividades en el Parque
Puedes alquilar tu kayac en Keida Kayak Sant Elm
OCASIONALMENTE:
Calvià:
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Zoea Divers
Consulta la guia de esnórquel del Ajuntament d'Andratx
REGULACIONES EN LA ZONA
REGULACIONES EN EL MAR
Las aguas alrededor de Sa Dragonera gozan de protección de Reserva Marina de Interés Pesquero y están divididas en dos franjas:
La franja de aguas interiores, entre Sa Dragonera y la costa de Mallorca, llamada Reserva Marina de Es Freu de Sa Dragonera está bajo la competencia de Gobierno de las Islas Baleares (GOIB) quien aprobó su creación en 2016. Por más información consulta la página web del Gobierno de las Islas Baleares: www.caib.es/sites/reservesmarines/es/descripcian
La franja de aguas exteriores, llamada Reserva Marina Isla Sa Dragonera, fue declarada en 2020 por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), ya que incluye aguas nacionales. Esta franja cuenta con 82 ha de reserva integral en la que no está permitida ninguna actividad excepto el seguimiento científico. Dentro de la reserva integral están incluidas cinco zonas de uso restricto donde se puede nadar y bucear (el buceo necesita autorización). Para más información consulta la página web del MAPA: www.mapa.gob.es/es/pesca/temas/proteccion-recursos-pesqueros/reservas-marinas-de-espana/isla-dragonera
ACTIVIDADES REGULADAS EN LA RESERVA MARINA:
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Pesca profesional (solo se permite la pesca artesanal)
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Pesca recreativa
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Buceo
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Actividades científicas
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Náutica/fondeo
ACTIVIDADES PROHIBIDAS
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Pesca submarina
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Extracción de flora
REGULACIONES SOBRE PESCA PROFESSIONAL
Las reservas marinas de interés pesquero tienen como primer objetivo preservar las artes de pesca tradicional, es por ello que se regulan las actividades para poder permitir que las especies de interés pesquero, mejoren su tamaño y densidad y, de esta forma, la flota artesanal tenga asegurados los recursos pesqueros. En las aguas de Sa Dragonera se permite pescar a seis barcas artesanales (Germans Torres, Macarena, Ponero, Reme Toni Tercero, Scrat, Sito Primero). Para más detalles consulta la legislación: https://caib.es/sites/reservesmarines/es/normativa_sobre_la_reserva/
Más información sobre las regulaciones de actividades en la reserva aquí: https://caib.es/sites/reservesmarines/es/regulacian_de_actividades/
REGULACIONES SOBRE PESCA RECREATIVA
Un solo pescador recreativo no genera mucho impacto, pero el conjunto de pescadores sí. ¡Ayúdanos a conseguir una pesca sostenible! El "Cuaderno de Pesca Recreativa de las Islas Baleares", editado por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación del GOIB, informa sobre las regulaciones para la pesca recreativa. Si eres pescador recreativo y pescas desde una embarcación, estás obligado a registrar tus capturas.
Tienes dos posibilidades:
Descárgate y rellena el "Registro de actividad" de la zona donde quieras pescar.
Descárgate y rellena la aplicación móvil para la pesca recreativa desde la embarcación.
Solicitar aquí.
REGULACIONES SOBRE BUCEO
El buceo está regulado en la reserva marina. Está permitido en toda la reserva (aguas interiores y exteriores), incluyendo las zonas de usos restringido y excluyendo los espacios designados como reserva integral (ver mapa aquí).
Para pedir permiso para bucear clica aquí: aquí: https://www.caib.es/seucaib/es/tramites/tramite/106992
REGULACIONES EN LA ISLA DE SA DRAGONERA Y LOS ISLOTES
El Parque Natural de sa Dragonera incluye la isla de sa Dragonera, los islotes Es Pantaleu y Sa Mitjana y la formación rocosa Els Calafats. El conjunto tiene gran importancia por sus aspectos biológicos, ecológicos y paisajísticos.
Gracias al movimiento ecológico iniciado en los años 70, la isla no fue urbanizada y fue declarada Parque Natural en 1995, después de diversas ocupaciones y la movilización persistente de la ciudadanía. El Parque Natural de Sa Dragonera es competencia compartida del GOIB y del Consell de Mallorca. Para más información consulta:
Puedes consultar aquí todas las normas del Parque.
LA RED NATURA 2000
Las aguas de Sa Dragonera forman parte de la Red Natura 2000. Se trata de una red internacional de áreas de conservación de la biodiversidad que constituye el principal instrumento para la preservación de la naturaleza en la Unión Europea. Se designan zonas con gran potencial para restaurar y conservar hábitats y ecosistemas, incluyendo su diversidad de fauna y de flora.
En concreto, la Dragonera cuenta con una Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y un Lugar de Interés Comunitario (LIC), ambas figuras de protección de la Red Natura 2000.